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Carta In3activa de traductores e intérpretes (CITI-ES versión 1, revisión 5, "De las elecciones")
V. CARTA DE PROCEDIMIENTOS
V.10. Procedimiento de crítica
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Art.77: Disposiciones relativas a la resolución de crítica
  1. El titular pondrá la obra a disposición de los mediadores que la soliciten, durante el periodo de deliberaciones.
  2. El precontrato presentado corresponde al futuro contrato de adquisición de los derechos de explotación de la obra, en conformidad con las disposiciones aplicables del Contrato General.
  3. La duración de la cesión de los derechos determina la duración mínima del mandato del portavoz. La duración del mandato de ejecución no puede ser inferior a la cesión de los derechos.
  4. El mandatario asume la representación de los intereses de los partícipes de la obra. Contrata la traducción, publicación y distribución de la versiones, en los países e idiomas que se determinen. Administra los derechos y garantiza la aplicación del Contrato General.
  5. La conformidad del titular obliga a los partícipes de la obra en los mismos términos y duración. Es decir, el mandatario no podrá contradecir las disposiciones de la resolución aprobada en los contratos posteriores con traductores, distribuidores, etc.
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LGT-ES versión 1.5 (http://www.in3activa.org/doc/es/LGT-ES.html)
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