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Carta In3activa de traductores e intérpretes (CITI-ES versión 1, revisión 5, "De las elecciones")
VI. CONTRATO GENERAL
VI.2. Reglamento económico
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Art.80: Definiciones de valores económicos
  1. Fondos censales - TFC = TDN + TFE
    Los fondos censales se distinguen por su origen en depósitos nominales y fondos de explotación. Para cálcular los demás valores, los fondos censales cuentan como sigue:
    1. Total de los depósitos nominales (TDN) de miembros inscritos.
    2. Total de los depósitos nominales de electores (TDE) y subconjunto del anterior.
    3. Total de los fondos de explotación (TFE) administrados por entidades autorizadas.
  2. Depósito nominal de un miembro inscrito - DN
    El depósito nominal de un miembro inscrito, con o sin derechos electorales, agrupa todas las cuentas abiertas a su nombre en una o en varias entidades gestoras. El depósito nominal es un dato conocido por la ET que permite calcular el capital de garantía y el capital de voto de un miembro inscrito.
  3. Coeficiente económico de un miembro inscrito - CEM = DN / TDN
    El coeficiente económico permite calcular el capital de garantía y el rendimiento de explotación de un miembro inscrito, con o sin derechos electorales. Es el resultado de dividir el depósito nominal del miembro inscrito por el total de los depósitos nominales de los miembros inscritos.
  4. Coeficiente político de un miembro elector - CPE = DN / TDE
    El coeficiente político permite calcular el capital de voto de un miembro elector. Es el resultado de dividir el depósito nominal del miembro elector por el total de los depósitos nominales de los miembros electores.
  5. Coeficiente de explotación - CE = TFE / TFC
    El coeficiente de explotación es el indicador utilizado para calcular el rendimiento de explotación de un miembro inscrito, con o sin derechos electorales. Resulta de la división de los fondos de explotación por los fondos censales, sin distinción de origen.
  6. Capital de garantía- CG = CEM x TFC
    El capital de garantía de un miembro inscrito, con o sin derechos electorales, resulta de multiplicar su coeficiente económico por la totalidad de los fondos censales, sin distinción de origen.
  7. Capital de voto de un miembro elector - CV = CPE x TFC
    El capital de voto de un miembro inscrito con derechos electorales (en posesión de un certificado de ejecucion en vigor) resulta de multiplicar su coeficiente político por los fondos censales, sin distinción de origen..
  8. Rendimiento de explotación - RE = CEM x TFE
    Cuando el coeficiente de explotación supera el umbral de explotación, se podrá autorizar por procedimiento la liquidación del rendimiento de explotación. El rendimiento de explotación de un miembro inscrito resulta de multiplicar su coeficiente económico por los fondos de explotación.
  9. Carga presupuestaria - CP = (p) / TFC
    La comparación de la carga presupuestaria con el umbral de procedimiento determina la adopción de la vía asociativa en un procedimiento ordinario. La carga presupuestaria resulta de dividir el presupuesto (p) por los fondos censales, sin distinción de origen.
  10. El redondeo al valor más cercano se realiza sobre la quinta (5) decimal.
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